Dirección de Investigación
Imagen referencial denuncias ciudadanas
La Dirección de Investigación tiene como misión, investigar las denuncias calificadas por el Presidente de la Comisión respecto de casos de presunta corrupción en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en las Empresas Metropolitanas, Corporaciones, así como las diferentes dependencias y organismos en los que tuviere acciones, bienes, derechos o intereses. Con la finalidad de fortalecer la confianza en la ciudadanía, la Dirección de Investigación en el ejercicio de sus competencias; y, en cumplimiento de su misión de interés público, realiza los procedimientos de investigación de denuncias bajo los principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad y seguridad jurídica.
Requisitos para presentación de denuncias
- Petición dirigida a CMLCC.
- Datos del denunciante:
- Indicar si el denunciante solicita o no la reserva de su identidad.
- Nombres, apellidos, número de cédula de ciudadanía o pasaporte.
- Correo electrónico y/o número de teléfono.
- Datos del presunto infractor: (opcional, indicar si es posible
identificar al presunto infractor)
- Nombres y apellidos del presunto infractor, la entidad municipal a la que pertenece o en la que se habría cometido el acto de corrupción; y, el incumplimiento normativo relacionado con el acto corrupto, de conocerlo.
- Descripción de los hechos:
- Relación clara y precisa de los hechos denunciados, indicando, de ser posible, el lugar, día y hora en que se habrían cometido los actos, o cualquier otra información relevante.
La Dirección de Investigación tiene como misión, investigar las denuncias calificadas por el Presidente de la Comisión respecto de casos de presunta corrupción en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en las Empresas Metropolitanas, Corporaciones, así como las diferentes dependencias y organismos en los que tuviere acciones, bienes, derechos o intereses. Con la finalidad de fortalecer la confianza en la ciudadanía, la Dirección de Investigación en el ejercicio de sus competencias; y, en cumplimiento de su misión de interés público, realiza los procedimientos de investigación de denuncias bajo los principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad y seguridad jurídica.
Requisitos para presentación de denuncias
- Petición dirigida a CMLCC.
- Datos del denunciante:
- Indicar si el denunciante solicita o no la reserva de su identidad.
- Nombres, apellidos, número de cédula de ciudadanía o pasaporte.
- Correo electrónico y/o número de teléfono.
- Datos del presunto infractor: (opcional, indicar si es posible
identificar al presunto infractor)
- Nombres y apellidos del presunto infractor, la entidad municipal a la que pertenece o en la que se habría cometido el acto de corrupción; y, el incumplimiento normativo relacionado con el acto corrupto, de conocerlo.
- Descripción de los hechos:
- Relación clara y precisa de los hechos denunciados, indicando, de ser posible, el lugar, día y hora en que se habrían cometido los actos, o cualquier otra información relevante.
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Canales de denuncia
Puedes presentar tu denuncia a través de nuestros 6 canales de denuncia:
Portal Web
www.quitohonesto.gob.ec Formulario Digital
Ventanilla
Av. Amazonas N21-252 y Carrión. Edificio Londres. Tercer Piso
E-mail
denuncias@quitohonesto.gob.ec
Chat Bot
www.quito.gob.ec Servicios Municipales
App
Quito Honesto
Call Center
1800 510 510 Opción 5
Oficinas Quito Honesto. Av Amazonas y Jerónimo Carrión. Edificio Londres.
En todos los casos se verificará la identidad del denunciante, el mismo que se comprometerá a brindar las facilidades necesarias para la investigación.
- En el caso de denuncias presentadas por correo electrónico o por el formulario en línea, se verificará la identidad del denunciante; y, de ser necesario, se podrá solicitar su presencia en las oficinas de Quito Honesto para ampliación o aclaración.
- Quito Honesto también tramita denuncias de carácter reservadas con la condición de que él denunciante entregue la información necesaria y manifieste su voluntad de cooperar en la investigación; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38, de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, se han implementado medidas para garantizar la seguridad de la información durante todo el procedimiento investigativo a partir de su recepción.